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A continuación te presentamos los detalles, pasos, requisitos, costos y tiempo de tramitación de la constitución de servidumbre en Derechos Reales.

Detalles:

Cuando dos inmuebles están en conflicto, (por ejemplo, un inmueble que tiene que recibir agua, pero este debe pasar si o si por otro inmueble, o un inmueble que impide el paso a otro, y situaciones similares), la ley permite que, de manera obligada, el inmueble que obstruye o genera el conflicto ceda algún derecho de uso a otro inmueble. 

Este trámite se enfoca en la inscripción de esta servidumbre de un inmueble para otro inmueble, al cual va a servir, otorgándole el paso de servicios básicos, pasó físico y similares, resolviendo así el conflicto que ha generado.

Pasos:

Para realizar este trámite:

  1. Ve a la oficina de Derechos Reales a la cual pertenece el inmueble (por ejemplo, si tu inmueble está en Quillacollo, ve a la oficina de Derechos Reales de Quillacollo).
  2. Dirígete a ventanilla de informaciones.
  3. En esta ventanilla revisarán la documentación y si cumples con todos los requisitos. 
  4. Si pasas la revisión, te darán una ficha para ventanilla rápida (llamada también ventanilla de servicios en línea).
  5. Paga los aranceles o costos de este trámite en ventanilla de caja
  6. Vuelve a ventanilla rápida y verifica que la constitución de servidumbre sea correcta.
  7. Si todo es correcto firma en señal de conformidad.
  8. Y todo listo.

Requisitos:

  1. Resolución judicial o escritura pública de constitución de servidumbre.
  2. Carnet de identidad de las partes involucradas (el número de NIT se trata de una persona jurídica).
  3. Presentar todos los anteriores documentos en original y en 2 fotocopias.

Nota: Este trámite en Derechos Reales es personal, o mediante un poder (pero para este último demostrando «interés legítimo real»).

Fuente: (enlace)

Costos:

Fuente: (enlace)

Tiempo de tramitación: 

De 5 a 60 minutos

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