A continuación te presentamos los detalles, pasos, requisitos, costos y tiempo de tramitación de la subinscripción de aclaración de mayoría de edad en Derechos Reales.
Detalles:
Esta subinscripción se realiza cuando un propietario de un bien inmueble ya alcanzado la mayoría de edad, con lo cual se procede a registrar un asiento, tanto digitalmente como en el Folio Real, el cual indica que el propietario o los propietarios del bien inmueble ya son mayores de edad. Esta subinscripción se hace a menudo a solicitud del propietario.
Conoce hasta el más mínimo detalle de la subinscripción de aclaración de mayoría de edad. Te contamos todo en nuestra guía exclusiva dedicada a este trámite, en el siguiente enlace: Subinscripciones en Derechos Reales, guía completa.
Pasos:
Para realizar este trámite:
- Ve a la oficina de Derechos Reales a la cual pertenece el inmueble (por ejemplo, si tu inmueble está en Quillacollo, ve a la oficina de Derechos Reales de Quillacollo).
- Dirígete a ventanilla de informaciones.
- En esta ventanilla revisarán la documentación y si cumples con todos los requisitos.
- Si pasas la revisión, te darán una ficha para ventanilla rápida (llamada también ventanilla de servicios en línea).
- Paga los aranceles o costos de este trámite en ventanilla de caja
- Vuelve a ventanilla rápida y verifica que la subinscripción de aclaración de mayoría de edad sea correcta.
- Si todo es correcto firma en señal de conformidad.
- Y todo listo.
Requisitos:
- Testimonio notariado (llamado también escritura pública) de aclaración o corrección de mayoría de edad.
- Certificado de nacimiento del propietario.
- Folio Real del inmueble.
- Carnet de identidad del propietario
- Presentar todos los anteriores documentos en original y en 2 copias.
Nota: Este trámite en Derechos Reales es personal, o mediante un poder (pero para este último demostrando «interés legítimo real»).
Fuente: (enlace)
Costos:
Costos y aranceles (inscripción de subinscripción) | |
Documento | Costo (bs.) |
---|---|
Carpeta/carátula de derechos reales (1 unidad) | 5 a 15 |
Formulario de folio real actualizado (2 unidades) | 4 a 30 |
Timbre judicial y/o electrónico (1 unidad) | 5 a 15 |
Servicio de informática (1 unidad) | 20 a 40 |
Servicio de inscripción de subinscripción (1 unidad) | 20 a 40 |
Comprobante de caja (1 unidad) | 2 |
Total | 56 a 142 bs |
Fuente: (enlace)
Tiempo de tramitación:
De 5 a 60 minutos
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