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La subinscripción es una nueva forma de corregir, rectificar o añadir datos a los registros de un inmueble en Derechos Reales, que está amparada en la Ley 247.

Mientras que antes, la única manera de realizar estas correcciones o adiciones era mediante una orden judicial, ahora, la mayoría de estas se realizan mediante una subinscripción, que no tarda más de una hora en ser completada.

A continuación, te brindamos todos los pasos, requisitos, costos, tiempos y otros detalles, relacionados a las subinscripciones que se pueden realizar en en Derechos Reales.

¿Qué es una subinscripción en Derechos Reales?

Una subinscripción es un nuevo medio (amparado en la Ley 247) que se utiliza para corregir y actualizar los datos de un inmueble en la institución Derechos Reales. Este medio es ahora administrativo, o sea que se realiza en las oficinas de Derechos Reales, y no es judicial o por orden judicial.

Esta subinscripción puede corregir algún dato existente sobre un inmueble, o añadir un nuevo dato, dependiendo de que subinscripción sea, porque existen varios tipos.

Entonces, la subinscripción se encarga de corregir o añadir datos sobre el inmueble. Por ejemplo, se puede hacer saber a Derechos Reales que el propietario ya es mayor de edad mediante una subinscripción, también se puede adicionar la superficie del inmueble, cambiar el tipo de inmueble, entre otros, mediante una subinscripción.

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Para llevar a cabo una subinscripción, a menudo se pide como requisito una escritura pública (la cual deriva de una minuta), que demuestre formalmente que esta solicitud de subinscripción es válida.

Las 3 subinscripciones diferentes disponibles

Existen 3 subinscripciones disponibles en Derechos Reales, las cuales son:

  1. Subinscripción de aclaración de mayoría de edad.
  2. Subinscripción de cambio de tipo de inmueble.
  3. Subinscripción para insertar superficie en la matrícula.

A continuación, te mostramos más detalles sobre cada una de estas subinscripciones.

1) Subinscripción de aclaración de mayoría de edad

Cuando una persona ha adquirido un inmueble siendo menor de edad, una vez que adquiere la mayoría de edad, puede llevar a cabo esta subinscripción para cambiar esta condición (y que figure como mayor de edad) en los registros de Derechos Reales.

2) Subinscripción de cambio de tipo de inmueble

Tanto en los registros que maneja Derechos Reales, así como en el Folio Real (que contiene la información más importante del inmueble) existe el dato de qué tipo de de inmueble es una propiedad. Por ejemplo, puede ser una casa, lote, terreno, edificio etcétera.

La subinscripción de cambio tipo de inmueble se lleva a cabo para cambiar este tipo en los registros de Derechos Reales, una vez que, efectivamente, el inmueble ha cambiado su tipo, digamos de ser una casa, a ser un lote, un edificio, un condominio, etcétera, según sea el caso.

3) Subinscripción para insertar superficie en la matrícula

Está subinscripción se realiza para añadir la superficie de un inmueble a los registros de Derechos Reales. 

Esta subinscripción se puede realizar cuando tanto los registros de esta institución, así como el folio real, tienen como superficie el número igual a 0, o no cuentan con el dato de la superficie.

Está su inscripción sólo se lleva a cabo para realizar una adición de el dato de la superficie al inmueble. En cambio, para realizar una corrección de los datos ya existentes de la superficie se utiliza el trámite llamado «corrección o aclaración de datos técnicos«.

Otros detalles

Tanto 1) la corrección o aclaración de datos de identidad como 2) la corrección o aclaración de datos técnicos en esencia también son subinscripciones, ya que se encargan de corregir datos relacionados al nombre de los propietarios y a los datos técnicos del inmueble, pero Derechos Reales no les da el nombre de «subinscripciones». 

Puedes saber más de estos 2 trámites en nuestra guía sobre todos los trámites disponibles en Derechos Reales, sus requisitos, pasos, costos, etcétera: Corrección o aclaración de datos técnicos, guía completa.

¿Para qué sirve la subscripción en Derechos Reales?

  • Para realizar una aclaración o corrección de datos en un registro o inscripción de un inmueble
  • Para añadir datos sobre el inmueble que fueron omitidos anteriormente por Derechos Reales, o que cambiaron recientemente.

Por ejemplo, antes sucedía (también a falta de medios tecnológicos) que los funcionarios cambiaban apellidos involuntariamente, omitían o cambiaban las superficies de los inmuebles, escribían datos erróneos, etcétera. Una subinscripción se encarga de arreglar estos errores.

Componentes de una subinscripción

Cuando se realiza una subinscripción en Derechos Reales, el encargado lleva a cabo una actualización de los datos digitales que tiene esta institución acerca de un inmueble. Esto resulta en la creación de un nuevo asiento, tanto digitalmente, como en el Folio Real.

Cuando la persona termina de realizar este trámite, se le muestra un comprobante de la subinscripción que realizó para que pueda verificar si esta es correcta. También se puede verificar y leer esta subinscripción en el Folio Real, en cualquiera de sus tres columnas (A, B, C), según el tipo de columna que corresponda, y dentro del asiento correspondiente.

Los componentes que se pueden leer en el Folio Real de una subinscripción son:

  1. El número de asiento (asiento 1, 2, 3 etcétera).
  2. El el nombre de la subinscripción.
  3. El dato que se añade o se cambia
  4. El número de la escritura pública que propició está subinscripción.
  5. Los datos del notario que realizó esta escritura pública.
  6. El número de partida bajo la cual se registró esta subinscripción.
  7. La fecha y hora exactas de la realización de este registro.

¿Cómo realizar una subinscripción en Derechos Reales?

Realizar una subscripción en Derechos Reales es bastante sencillo, y además, es un trámite que tardará sólo unos minutos. A continuación, te mostramos los pasos, requisitos, costos y otros detalles sobre este trámite.

Algunas propiedades listadas en nuestro directorio

Pasos para realizar una subinscripción

Para llevar a cabo un trámite de subinscripción para tu inmueble, simplemente:

  1. Ve a la oficina de Derechos Reales a la cual pertenece el inmueble (ej. si tu inmueble está en Quillacollo, ve a la oficina de Derechos Reales de Quillacollo).
  2. Dirígete a ventanilla de informaciones.
  3. En esta ventanilla revisarán la documentación y determinarán si cumples con todos los requisitos. 
  4. Si pasas la revisión, te darán una ficha para ventanilla rápida (llamada también ventanilla servicios en línea).
  5. Paga los aranceles o costos de este trámite en ventanilla de caja.
  6. Vuelve a ventanilla rápida y verifica que hayan realizado la subinscripción que solicitaste.
  7. Te mostrarán una preimpresión de la subinscripción realizada. Verifica que los datos sean correctos y, si todo está bien, firma la preimpresión, en señal de conformidad.
  8. El funcionario entonces te entregará: a) el Folio Real con la subinscripción realizada y b) el testimonio de escritura pública con el sello de Derechos Reales. 
  9. Y todo listo.

El tiempo de tramitación

Este trámite solía durar unos 3 días hábiles, pero desde 10 de julio del 2020 se actualizó para que se pueda realizar en ventanillas rápidas, por tanto, ahora tiene una duración de 5 a 60 minutos.

Esta información fue proporcionada por Derechos Reales, ver: 

Fuente: (enlace)

Requisitos para realizar una subinscripción

Solo hay 2 maneras en que una persona puede realizar un trámite de subinscripción para un inmueble:

  1. La primera es siendo el dueño del inmueble.
  2. La segunda es siendo un tercero, o representante, pero mediante un poder que acredite un «interés legítimo legal».

Cumplida una de las anteriores condiciones, veamos los requisitos para cada una de las subinscripciones disponibles en Derechos Reales.

1) Subinscripción declaración de mayoría de edad

Requisitos actualizados:

  1. Testimonio notariado (llamado también escritura pública) de aclaración o corrección de mayoría de edad.
  2. Certificado de nacimiento del propietario.
  3. Folio Real del inmueble.
  4. Carnet de identidad del propietario
  5. Presentar todos los anteriores documentos en original y en 2 fotocopias.

Esta información fue proporcionada por el sitio web de Derechos Reales, ver:

Fuente: (enlace)

2) Subinscripción de cambio de tipo de inmueble

Requisitos actualizados:

  1. Testimonio notariado (llamado también escritura pública) de cambio de tipo de inmueble.
  2. Comprobante de pago del impuesto anual del inmueble, de la última gestión.
  3. Plano aprobado de construcción y/o certificado catastral del gobierno autónomo municipal (G.A.M.) correspondiente.
  4. Carnet de identidad del propietario.
  5. Presentar todos los anteriores documentos en original y en 2 fotocopias.

Fuente: (enlace)

3) Subinscripción para insertar superficie en la matrícula

Requisitos actualizados:

  1. Testimonio notariado (llamado también escritura pública) unilateral de aclaración de superficie y/o provisión ejecutoria.
  2. Plano aprobado y/o certificado catastral.
  3. Carnet de identidad del propietario.
  4. Comprobante de pago del impuesto anual del inmueble, de la última gestión.
  5. Presentar todos los anteriores documentos en original y en 2 fotocopias.

Fuente: (enlace)

Costos de realizar una subscripción

Los costos (llamados también aranceles) para realizar una subinscripción varían de región en región en Bolivia. Pero en la siguiente tabla te mostramos los rangos en los cuales estarán estos costos o aranceles.

Cita: Los costos, o aranceles, presentados a continuación son válidos para las 3 subinscripciones descritas anteriormente.

Costos y aranceles (inscripción de subinscripción)
DocumentoCosto (bs.)
Carpeta/carátula de derechos reales (1 unidad)5 a 15
Formulario de folio real actualizado (2 unidades)4 a 30
Timbre judicial y/o electrónico  (1 unidad)5 a 15
Servicio de informática (1 unidad)20 a 40
Servicio de inscripción de subinscripción (1 unidad)20 a 40
Comprobante de caja (1 unidad)2
Total56 a 142 bs
Costos del trámite inscripción de subinscripción Derechos Reales
Comprobante de pago de tramite inscripcion de subinscripcion Derechos Reales Bolivia
Comprobante de pago de trámite inscripción de subinscripción, Derechos Reales, Bolivia.

Estos costos fueron extraídos directamente de la información que proporciona Derechos Reales en varias regiones del país, ver:

Fuente: (enlace)

Conclusiones:

Cómo pudiste ver, todas las subinscripciones son trámites bastante sencillos de llevar a cabo, que se pueden realizar en menos de una hora si cuentas con todos los requisitos. Además, viste que existen varias subinscripciones diferentes para cada tipo de corrección, y que, en la mayoría de los casos, necesitarás una escritura pública para realizar dicha subinscripción.

En esta guía te presentamos todos los pasos, requisitos, costos, tiempos, tipos así como otros detalles, de las inscripciones que se pueden realizar en la institución Derechos Reales.

Esperamos que esta información te haya servido, y si quieres saber sobre todos los trámites que se realizan en Derechos Reales, tenemos una guía completa y actualizada sobre todos estos, incluyendo costos, requisitos, y explicaciones con todo detalle de cada trámite. Puedes verlo mediante el siguiente enlace: Los 47 trámites de Derechos Reales, Manual completo.

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