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La institución Derechos Reales en Bolivia brinda distintos servicios críticos a los dueños de los inmuebles y también a otros interesados como anticresistas, bancos y acreedores. Esta institución se encarga de proteger la propiedad privada y pública de los inmuebles existentes en Bolivia.

Los servicios que ofrece Derechos Reales en Bolivia son: la emisión del Folio Real, del Informe Rápido, de distintos certificados, la realización de inscripciones, cancelaciones y correcciones a los registros, la matriculación de inmuebles, y otros servicios puntuales y poco comunes.

A continuación, vamos a detallar todos los servicios que brinda la institución Derechos Reales, así como cada categoría de servicios, y también vamos a ver cuánto tarda cada servicio en realizarse, cuál es su costo, entre otros detalles.

¿Qué es Derechos Reales en Bolivia?

Derechos reales es la institución oficial y formal del Estado Plurinacional de Bolivia para registrar todos los inmuebles que existen en el país, así como todas las características de éstos, incluyendo los datos necesarios de los dueños.

Es una obligación por ley el registro de los inmuebles existentes en Bolivia en esta institución. Así como una persona debe registrarse en el SEGIP, los inmuebles deben registrarse en Derechos Reales, para efectos de clasificación de la información, protección de la propiedad privada y pública, etcétera.

Casi todo cambio en un inmueble debe registrarse en Derechos Reales

Derechos Reales, a llevar un registro detallado de todo lo que le ocurre al inmueble durante su existencia, registra cada cambio o evento importante que sucede con este inmueble, por ejemplo, compraventas, anticréticos, conflictos judiciales, divisiones fusiones, inscripción y cancelación de gravámenes, cambios en datos técnicos, etcétera.

¿Por qué se realiza este registro detallado? Pues esto asegura la organización correcta de todos los datos e información de los bienes inmuebles en Bolivia. Datos críticos como quién es el dueño, qué características tiene el inmueble, cuál es la historia del inmueble son absolutamente necesarios para saber que pertenece a quién y también como prueba en conflictos legales.

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El servicio esencial y el objetivo de Derechos Reales es brindar seguridad jurídica a los dueños de los inmuebles, y que no venga cualquiera decir está es mi casa, esto primeramente se debe comprobar en los registros de Derechos Reales.

Las características de publicidad y oponibilidad a terceros

Derechos Reales logra brindar el servicio de seguridad jurídica a los dueños de inmuebles en Bolivia mediante las características de «publicidad» y «oponibilidad a terceros»

La publicidad

Esto se refiere a que toda característica de un inmueble, y todo inmueble registrado en Derechos Reales, desde el mismísimo instante en que se registra ya es accesible a cualquier tercero y por tanto público, y entonces, nadie puede alegar que no conocía esta situación.

Es responsabilidad de todo interesado en el inmueble averiguar los registros de Derechos Reales antes de realizar cualquier actividad con un inmueble. Éste legalmente no puede alegar que «desconocía» una característica de un inmueble (ej. un gravamen) si estaba registrada en Derechos Reales.

La oponibilidad a terceros

Cuando un registro es público significa que se convierte en «oponible a terceros», ya que se supone que todos conocen esta característica del inmueble, y por tanto, nadie puede alegar que desconocía que el inmueble estaba digamos en anticrético.

Por tanto, esta característica es oponible a cualquier argumentación contraria de terceros. Si alguien dice «yo no sabía, por tanto el inmueble es mío» esto no tendrá ninguna validez si el registro está a nombre de otra persona en Derechos Reales.

Los servicios que ofrece esta institución

La institución Derechos Reales ofrece servicios variados para la protección de la propiedad privada y pública de los bienes inmuebles, así como para el cumplimiento de las características de publicidad y oponibilidad a terceros, que detallamos a continuación.

Las categorías de servicios que ofrece Derechos Reales son:

  1. Emisión de documentos el inmueble
  2. Emisión de certificados
  3. Las inscripciones
  4. Las cancelaciones
  5. Las subinscripciones
  6. Las correcciones de datos
  7. Registro y matriculación del inmueble
  8. Otros trámites varios

1) Emisión de documentos del inmueble

Derechos Reales emite 2 documentos registrales del inmueble, los cuales tienen información acerca del dueño del inmueble, así como obligaciones y cancelaciones de estas obligaciones que tiene inmueble en un momento dado. 

Estos 2 documentos registrales son: 

  1. El Folio Real, el cual contiene absolutamente toda la información detallada del inmueble y del dueño así como gravámenes, hipotecas, el tracto sucesivo, entre otros. El Folio Real es el documento más importante de un inmueble.
  2. El Informe Rápido, el cual brinda un panorama general acerca de los datos del inmueble y del dueño. Es accesible a cualquier persona sin importar que sea o no el dueño, y su principal objetivo es evitar posibles fraudes verificando la información.

2) Emisión de certificados

Derechos Reales también emite una variedad de certificados que dan fe de que cierta información es correcta o no, esta verificación está respaldada y firmada por algún funcionario importante de esta institución, el cual estampa su firma en el certificado.

Los certificados que emite esta institución son:

  1. El Certificado de No Propiedad a nivel nacional, de lejos el más común de todos estos certificados, es un requisito central para obtener créditos ya que avala que una persona no tiene ningún inmueble en propiedad a nivel nacional.
  2. Los certificados decenal, treintenal y de tradición. Estos 3 certificados cuentan la historia de un inmueble de hasta hace 10 años, hasta hace 30 años y desde que ha existido respectivamente. Son importantes para ciertos trámites que requieren saber de dónde ha salido un inmueble y cuál es su pasado.
  3. Los certificados alodial y de gravámenes, estos 2 certificados indican si el inmueble tiene o no gravámenes hipotecas, anticréticos u obligaciones similares, en un momento dado, además, el certificado de gravámenes da detalles acerca de cada uno de estos gravámenes existentes.
  4. Los certificados de propiedad y de propiedad «en línea», muy poco requeridos para trámites inmobiliarios, estos certificados detallan el registro de toda la sucesión de dueños, o trato sucesivo, de un inmueble desde su existencia, y un aval de si una persona tiene o no un inmueble a su nombre respectivamente.

Todos los detalles sobre todos estos certificados lo puedes encontrar nuestra guía sobre los 47 trámites en Derechos Reales.

3) Las inscripciones

La adición de información en el registro de Derechos Reales o modificación de los datos de un inmueble, del dueño, del derecho de propiedad, etcétera, se realiza mediante la «inscripción de algún registro».

Las inscripciones de registros que se realizan en Derechos Reales son:

  1. Inscripción de propiedad o compraventa. Esta inscripción se lleva a cabo cuando el inmueble cambia de dueño, entonces, se registra el cambio de propiedad del inmueble, poniéndolo a nombre del nuevo dueño. Este es uno de los registros más requeridos.
  2. Inscripción de gravámenes, hipotecas anticréticos y similares. Esta inscripción se realiza para registrar gravámenes que haya adquirido el inmueble, por ejemplo, hipotecas, garantías, anticréticos, embargos y otros similares. De esta manera se garantiza que el inmueble muestre estos gravámenes y sea una garantía de éstos.
  3. Inscripción de anotación preventiva. Con esta inscripción se busca registrar algún conflicto judicial o algún acuerdo voluntario en el cual está inmerso un inmueble, por ejemplo, cuando en algún conflicto judicial, por orden del juez, se anota preventivamente el inmueble.
  4. Las inscripciones de venta con pacto de rescate, de propiedad agraria, de leasing, y de usucapión. Cuando se vende de forma temporal el inmueble, cuando se vende una propiedad rural o agraria, cuando se compra un inmueble mediante leasing del banco, y cuando se obtiene un inmueble por usucapión respectivamente. Se debe realizar la inscripción correspondiente en Derechos Reales para cada uno de estos eventos.
  5. Las inscripciones de fusión y de partición. Estas inscripciones se realizan cuando varias propiedades se convierten en una más grande o una propiedad se convierte en varias más pequeñas, respectivamente.
  6. Inscripción de propiedad horizontal. Esta inscripción se lleva a cabo cuándo se ha creado una propiedad horizontal (normalmente llamada «departamento») o espacio privado que no está anclado al terreno de la construcción.

Todos los detalles sobre todos estos certificados lo puedes encontrar nuestra guía sobre los 47 trámites en Derechos Reales.

4) Las cancelaciones

Si expira, si se paga o se cancela una obligación o gravamen (hipoteca, anticrético, garantía y similar) que tenga un inmueble, se debe registrar esta expiración en Derechos Reales para que ya no tenga validez legal ante terceros.

Las cancelaciones que se realizan en Derechos Reales son:

  1. Cancelación judicial o voluntaria, justamente para dejar sin efecto hipotecas, anticréticos, garantías, gravámenes y similares.
  2. Cancelación de anotación preventiva, para dejar sin efecto anotaciones preventivas que pesen sobre el inmueble.
  3. Cancelación parcial, Esta es una cancelación que se realiza de forma parcial en el gravamen, o sea que parte de éste sigue vigente sobre el inmueble. Sólo se cancelan parcialmente los efectos del gravamen.
  4. Cancelación de usufructo, si existe un derecho de usufructo vigente sobre el inmueble, se finalizan sus efectos sobre este inmueble mediante esta cancelación.

Todos los detalles sobre todos estos certificados lo puedes encontrar nuestra guía sobre los 47 trámites en Derechos Reales.

5) Las subinscripciones

Las subinscripciones se realizan para corregir, modificar, aumentar o disminuir la información existente en las inscripciones realizadas con anterioridad en Derechos Reales. Mediante las subinscripciones se modifica la información de las inscripciones existentes en Derechos Reales.

Las subinscripciones que se pueden realizar en Derechos Reales son: 

  1. Subinscripción declaración de mayoría de edad, que se lleva a cabo para actualizar que el titular de algún derecho sobre un inmueble ya es mayor de edad.
  2. Subinscripción de cambio de tipo de inmueble, utilizado para cambiar el tipo de un inmueble, digamos, de vivienda a propiedad horizontal, de terreno a construcción, de urbanización a condominio y similares.
  3. Subinscripción para insertar superficie en la matrícula, existen casos en los que los inmuebles no tienen la superficie registrada en Derechos Reales, con esta subinscripción se agrega este dato a los registros.

Todos los detalles sobre todos estos certificados lo puedes encontrar nuestra guía sobre los 47 trámites en Derechos Reales.

6) Las correcciones de datos

Mediante la nueva y temporal Ley 247 (hasta el 2022) las correcciones a los datos erróneos en los registros de Derechos Reales ahora se pueden hacer por vía administrativa (directamente en las oficinas de esta institución), y no como antes, que sólo era por vía judicial en procesos bastante largos.

Las correcciones de datos que se pueden hacer en Derechos Reales son: 

  1. Corrección de datos de identidad, estas correcciones engloban nombres erróneos con letras erróneas, falta de apellidos, errores en cédula de identidad y similares.
  2. Corrección de datos técnicos, estas correcciones tienen que ver con por ejemplo, los límites del inmueble las colindancias, la extensión de la superficie, y similares, pero no con la inserción del dato de la superficie, esta inserción de la superficie se realiza mediante la «subinscripción para insertar superficie en la matrícula».

Todos los detalles sobre todos estos certificados lo puedes encontrar nuestra guía sobre los 47 trámites en Derechos Reales.

7) Registro y matriculación del inmueble

Todo inmueble en Derechos Reales tiene un código y matrícula que se le asigna cuando se registra por primera vez dicho inmueble en esta institución. Para la matriculación de un inmueble existen varios trámites en Derechos Reales.

Los trámites para el registro y matriculación de los inmuebles en Derechos Reales son: 

  1. Matriculación de inmueble, que se realiza para otorgar una matrícula o código de identificación a un inmueble que está aún el anterior sistema registral de Derechos Reales, o un inmueble que recién se está registrando en esta institución. Esta es de lejos la matriculación más común en Derechos Reales.
  2. Matriculación y registro de inmuebles del estado, que se realiza para otorgar una matrícula código de identificación a inmuebles del estado o gobierno.
  3. Matriculación de títulos ejecutoriales del INRA, que se lleva a cabo cuando se quiere matricular inmuebles que se han obtenido mediante «procesos de adjudicación» del Instituto Nacional de Reforma Agraria, el cual habitualmente otorga propiedades agrarias o tierras a personas y empresas.
  4. Matriculación de títulos del instituto de colonización, el cual se lleva a cabo para matricular inmuebles que fueron otorgados hace mucho mediante el Instituto de Colonización, el cual ya no existe actualmente.

Todos los detalles sobre todos estos certificados lo puedes encontrar nuestra guía sobre los 47 trámites en Derechos Reales.

8) Otros trámites varios

Existen también otros trámites de diversa índole que se realizan en Derechos Reales, los cuales tienen que ver con actividades de tramitación de esta institución, y también, con los derechos y datos que tienen los inmuebles registrados.

Algunas propiedades listadas en nuestro directorio

Otros tipos de trámites que se pueden realizar en Derechos Reales son:

  1. Constitución de servidumbre, que se realiza cuando se quiere registrar el servicio que una propiedad, o parte de una propiedad, da a otras, por ejemplo, la existencia de un pozo, un lugar de paso común, etcétera.
  2. Aceptación de herencia, cuando se quiere registrar la aceptación de herencia de una propiedad registrada en Derechos Reales.
  3. Regularización del derecho propietario, este trámite se realiza en el marco de la Ley 247, para sanear y regularizar el derecho de propiedad, o título de propiedad, de un poseedor sobre un inmueble.
  4. Anticipo de legitima, la realización de un anticipo de legítima y el adelanto de los bienes registrados en Derechos Reales al heredero se efectúan mediante se transmite.
  5. Actualización de propiedad agraria a urbana, para la actualización de los datos de un inmueble que pasa a ser parte de un área urbana, se debe actualizar su estatus como propiedad urbana.
  6. Cambio de jurisdicción, los inmuebles pertenecen a distintas jurisdicciones de Derechos Reales, cuando un inmueble pasa de una jurisdicción a otra, ya sea por cambios en la estructura de las jurisdicciones o por nuevas delimitaciones se realiza este trámite.
  7. Testimonio de propiedad, realizado para obtener copias simples o legalizadas de algún documento oficial archivado en las oficinas de Derechos Reales. Este documento no es el mismo que el testimonio de propiedad del notario, sino otros documentos oficiales archivados en las oficinas de esta institución.
  8. Cambio de jurisdicción, cesión de áreas al GAM, prenda sin desplazamiento, informe varios, entre otros, existen muchos otros trámites excepcionales que se realizan, como el desarchivo de documentos, el pedido de informes varios acerca de ciertos aspectos de los inmuebles, la inscripción de bienes muebles sujetos a registro, etcétera, puedes ver todos estos trámites en nuestra Guía de Derechos Reales.

Todos los detalles sobre todos estos certificados lo puedes encontrar nuestra guía sobre los 47 trámites en Derechos Reales.

El tiempo que tardan en realizarse los servicios

El tiempo que tardan los trámites en Derechos Reales se dividen en 3 categorías, los trámites rápidos, los trámites de gabinete y los trámites internos o difíciles.

Los trámites rápidos sólo tarda unos minutos, los trámites de gabinete pueden tardar de 1 a 5 días mientras que los trámites difíciles pueden tardar hasta más de un mes.

A) Los trámites rápidos o en línea

El Folio Real, el Informe Rápido, casi todas las inscripciones, así como las subinscripciones, las cancelaciones y las correcciones de datos, se hacen solamente en unos cuantos minutos en las oficinas de Derechos Reales.

Estos 17 trámites rápidos comprenden: 

  • Folio real actualizado
  • Certificado de no propiedad (a nivel departamental)
  • Información rápida o informe rápido
  • Certificado alodial
  • Certificado de gravámenes
  • Certificado de propiedad (en línea)
  • Corrección de datos de identidad
  • Corrección de datos técnicos
  • Subinscripción de aclaración de mayoría de edad
  • Subinscripción de cambio de tipo de inmueble
  • Cancelación judicial o voluntaria
  • Cancelación parcial
  • Cancelación de anotación preventiva
  • Inscripción de gravámenes, hipotecas y/o anticreticos
  • Cancelación de usufructo
  • Subinscripción para insertar superficie en la matrícula
  • Constitución de servidumbre

Estos 17 trámites en conjunto son muy rápidos y se realizan en las «ventanillas rápidas», «ventanillas fast» o «ventanillas en línea» de estas oficinas.

Los trámites de la línea rápida de Derechos Reales tardarán en general de 15 minutos a una hora en finalizar.

B) Los trámites de gabinete

Los trámites de gabinete necesitan pasar por ciertos procesos de verificación, obtención de datos, y entre otros, por parte del personal interno de Derechos Reales, por tanto, estos trámites van a tardar en promedio 3 días generalmente.

Estos 7 trámites de gabinete comprenden:

  • Inscripción de propiedad
  • Inscripción de anotación preventiva
  • Aceptación de herencia
  • Anticipo de legítima 
  • Venta de propiedad agraria 
  • Venta con pacto de rescate
  • Leasing o arrendamiento financiero

Los 7 trámites de gabinete de Derechos Reales tardarán generalmente 3 días en finalizar.

C) Los trámites difíciles

Los trámites llamados o denominados «difíciles» en Derechos Reales son 23 trámites que requieren muchas verificaciones, transporte de datos, e investigaciones por parte de los funcionarios para finalizar.

Por ejemplo, el certificado de no propiedad a nivel nacional, necesita viajar hasta la central de Derechos Reales de Sucre para realizar el pedido de los datos y después devolverlos a llevar a la filial de otras ciudades, o también, certificado de tradición que necesita un estudio cuidadoso de toda la historia del inmueble, desde su existencia, la cual a veces puede rebasar los 100 años.

Estos 23 trámites difíciles comprenden:

  • Matriculación de inmueble
  • Matriculación inscripción y transferencia de inmuebles del estado o entidades similares
  • Regularización del derecho propietario
  • Inscripción de fusión
  • Inscripción de usucapión
  • Inscripción de división y partición
  • Inscripción de propiedad horizontal
  • Actualización de registro de propiedad agraria a propiedad urbana
  • Cambio de jurisdicción
  • Cesión de áreas al gobierno autónomo municipal
  • Prenda sin desplazamiento
  • Certificado de tradición
  • Certificado treintañal
  • Certificado decenal
  • Certificado de propiedad
  • Testimonio de propiedad
  • Informes varios
  • Certificado de no propiedad (a nivel nacional)
  • Matriculación de títulos ejecutoriales del INRA
  • Matriculación de títulos del instituto de colonización
  • Reingreso de documentos observados
  • Desarchivo de documentos
  • Resellado de nota marginal en segundo testimonio

Los trámites «difíciles» de Derechos Reales tardarán generalmente de 15 días a un mes en finalizar.

El costo de estos servicios

El costo de casi todos los trámites de Derechos Reales está entre los Bs.50 y los Bs.200. La excepción a esto son los derechos de inscripción, ya sea de compraventa, de anticrético, entre otros, que son del 0.5% del valor del inmueble.

Además, también está el costo de una hoja adicional oficial, ya que algunos trámites tienen muchos datos y necesitan adicionales. La hoja adicional cuesta en promedio Bs.30.

Tenemos una guía dedicada a los aranceles de Derechos Reales, con los detalles sobre los costos de los trámites, costos de las inscripciones, entre otros, en el enlace.

Conclusiones:

En esta guía sobre los servicios de Derechos Reales en Bolivia, pudiste ver que existen distintos tipos de servicios, los cuales brindan información y documentos de los inmuebles que están registrados en esta institución. Los servicios principales son: la emisión del Folio Real del Informe Rápido y de certificados, la realización de inscripciones, cancelaciones y correcciones de datos en los registros del inmueble, la matriculación de inmuebles, así como otros trámites varios.

Pudiste ver también que estos distintos trámites tienen diferentes tiempos de duración que van desde los 15 minutos, para los trámites rápidos, hasta cerca de un mes para los trámites difíciles. Además, conociste que los costos de estos trámites promedian los Bs.150, con excepción de los derechos inscripción que cuestan el 0.5% del precio del inmueble, así como bajas adicionales para los datos del inmueble que cuestan Bs.30 extra por hoja.

Esperamos que esta información te haya servido y si quieres saber más sobre los trámites inmobiliarios en Bolivia, visita el siguiente enlace: Trámites inmobiliarios en Bolivia.

CasasenBolivia.com información sobre inmuebles y casas en Bolivia.